Este documento rige la promoción. Lo publica Lone Star Winners y aquí se reproduce exactamente tal como fue emitido.
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La fecha de entrada en vigor se muestra en la zona horaria oficial de la promoción.
SORTEO LONE STAR WINNERS CHEVROLET SILVERADO 1500 2025
REGLAS OFICIALES
NO ES NECESARIA NINGUNA COMPRA NI PAGO PARA PARTICIPAR O GANAR. UNA COMPRA NO MEJORARÁ SUS PROBABILIDADES NI SU POSIBILIDAD DE GANAR.
LAS PROBABILIDADES DE GANAR DEPENDEN DEL NÚMERO DE PARTICIPACIONES RECIBIDAS. CONSULTE LA SECCIÓN “PROBABILIDADES DE GANAR” A CONTINUACIÓN PARA MÁS DETALLES.
ESTE SORTEO ESTÁ ABIERTO ÚNICAMENTE A LOS “PARTICIPANTES” SEGÚN SE DEFINE EN EL PÁRRAFO 1 A CONTINUACIÓN. EL SORTEO Y LA PARTICIPACIÓN EN ÉL SON NULOS DONDE ESTÉN PROHIBIDOS O RESTRINGIDOS POR LEY. LA PARTICIPACIÓN EN ESTE SORTEO CONSTITUYE LA ACEPTACIÓN DE ESTAS REGLAS OFICIALES. ESTE SORTEO NO ESTÁ PATROCINADO, ADMINISTRADO, RESPALDADO NI AFILIADO DE NINGUNA MANERA POR O CON APPLE®, GOOGLE®, META®, FACEBOOK®, INSTAGRAM®, YOUTUBE®, X®, TIKTOK® NI NINGÚN OTRO TERCERO.
NULO EN ALASKA, FLORIDA, HAWÁI Y NUEVA YORK, Y DONDE ESTÉ PROHIBIDO O RESTRINGIDO POR LEY
NOTIFICACIÓN DE CLÁUSULA DE ARBITRAJE Y RENUNCIA A ACCIÓN COLECTIVA/JUICIO POR JURADO
LEA ESTAS REGLAS CUIDADOSAMENTE PARA ASEGURARSE DE COMPRENDER CADA DISPOSICIÓN. ESTAS REGLAS CONTIENEN UNA DISPOSICIÓN OBLIGATORIA DE ARBITRAJE INDIVIDUAL VINCULANTE Y UNA RENUNCIA A ACCIÓN COLECTIVA/JUICIO POR JURADO, SEGÚN SE ESTABLECE A CONTINUACIÓN.
Nombre del Sorteo: Lone Star Winners 2025 Chevrolet Silverado 1500 Sweepstakes (“Sorteo”).
Patrocinador (“Patrocinador”): Lone Star Winners LLC, 3601 N Grimes St Ste 400 PMB 263, Hobbs, NM 88240.
Administrador (“Administrador”): Enteractive Solutions Group, 1612 W. Olive Avenue, Suite 300, Burbank, CA 91506
1. Elegibilidad del Participante. Un “Participante” es una persona que (i) es residente legal del Distrito de Columbia o de uno de los cincuenta (50) Estados Unidos, excluyendo Alaska, Florida, Hawái y Nueva York, (ii) tiene al menos 18 años y ha alcanzado la mayoría de edad en el estado en el que reside al momento de participar en el Sorteo, (iii) no se encuentra en las listas de Personas Denegadas o Entidades de la Oficina de Industria y Seguridad de EE. UU., no se encuentra en la lista de Nacionales Especialmente Designados del Departamento del Tesoro de EE. UU. y no se encuentra en la Tabla de Órdenes de Denegación del Departamento de Comercio de EE. UU., y (iv) cumple con el Método de Participación y los Requisitos de Participación de la Sección 4 a continuación. Los funcionarios, directores, accionistas, miembros, gerentes, socios, empleados, agentes y representantes del Patrocinador, del Administrador y de cualquier proveedor que participe en el Sorteo, así como sus respectivas compañías matrices (si las hubiera), subsidiarias, afiliadas, sucesores, cesionarios y miembros de sus familias inmediatas (padres, hermanos, hijos y cónyuges, independientemente de dónde vivan), y las personas que vivan en el mismo hogar que dichas personas, estén o no relacionadas, no son elegibles para participar. La compra de mercancía del Patrocinador por una persona que no sea un Participante no constituye una participación en el Sorteo ni otorga a dicha persona derecho a ganar un premio. Se podrá requerir a los ganadores que firmen una declaración jurada de elegibilidad, una exención de responsabilidad y, salvo que la ley lo prohíba, una autorización de publicidad.
2. Periodo de Participación. El Sorteo comienza a las 12:00:00 a. m., Hora Central (“CT”), el 5 de octubre de 2026 y termina a las 11:59:59 p. m. CT el 8 de noviembre de 2026 (el “Periodo de Participación”).
3. Descalificación. Sin limitación, un Participante podrá ser descalificado, a la sola discreción del Patrocinador, si (i) no cumple con los requisitos de elegibilidad de la Sección 1, (ii) no cumple con el Método de Participación y los Requisitos de Participación de la Sección 4, (iii) incurre en fraude o intenta deliberadamente eludir los límites de participaciones, o (iv) infringe o incumple estas Reglas Oficiales.
4. Método de Participación y Requisitos de Participación. NO ES NECESARIA NINGUNA COMPRA PARA GANAR. UNA COMPRA NO MEJORARÁ SUS PROBABILIDADES DE GANAR. LAS PROBABILIDADES DE GANAR DEPENDEN DEL NÚMERO DE PARTICIPACIONES RECIBIDAS. CONSULTE A CONTINUACIÓN PARA MÁS DETALLES.
Durante el Periodo de Participación, un Participante puede obtener participaciones mediante cualquier combinación de los métodos descritos a continuación, sujeto a un máximo de diez mil (10,000) participaciones por Participante. Las referencias a compras que aparecen a continuación se refieren a la mercancía y a los paquetes de participaciones disponibles en el sitio web del Patrocinador en https://LoneStarWinners.com, o en cualquier otro enlace que el Patrocinador pueda utilizar en el futuro para ofrecer productos a la venta.
Opción 1: Participación por Compra. Un Participante que compre mercancía del Patrocinador recibe una participación por cada $1.00 completo del precio de compra pagado, excluyendo impuestos y envío. Las participaciones se aplican automáticamente a la cuenta del cliente comprador, sujetas al máximo de 10,000 participaciones. Las participaciones atribuibles a una compra que sea reembolsada, revertida o sujeta a contracargo son nulas y serán canceladas. No es necesaria una compra para participar o ganar y una compra no mejora las probabilidades de ganar de un Participante.
Opción 2: Compra de Paquete de Participaciones. Un Participante puede comprar un paquete de participaciones ofrecido en el sitio web del Patrocinador. Cada paquete de participaciones otorga dos participaciones por cada $1.00 completo del precio del paquete pagado, excluyendo impuestos, y el número de participaciones incluido en cada paquete se indica en la página donde se ofrece el paquete. Las participaciones provenientes de paquetes de participaciones están sujetas al máximo de 10,000 participaciones, y la disposición de nulidad y cancelación de la Opción 1 se aplica a las compras de paquetes que sean reembolsadas, revertidas o sujetas a contracargo.
Opción 3: Método Alternativo Gratuito de Participación por Correo. Un Participante puede obtener participaciones sin realizar una compra enviando por correo una tarjeta postal escrita a mano o una tarjeta índice de tres por cinco pulgadas a la dirección que aparece a continuación. Cada tarjeta válida equivale a dos mil (2,000) participaciones. Límite de cinco (5) tarjetas por Participante durante el Periodo de Participación, y se puede incluir un máximo de dos (2) tarjetas en un (1) sobre. Para ser válida, cada tarjeta debe estar escrita a mano por el Participante e incluir el nombre legal completo del Participante, dirección postal completa, dirección de correo electrónico, número de teléfono, fecha de nacimiento y firma, y debe enviarse por correo a:
Lone Star Winners LLC Attn: Sweepstakes Entries 3601 N Grimes St Ste 400 PMB 263 Hobbs, NM 88240
Las tarjetas enviadas por correo deben tener matasellos dentro del Periodo de Participación y ser recibidas por el Patrocinador a más tardar al cierre del Periodo de Participación el 8 de noviembre de 2026. Una tarjeta con matasellos dentro del Periodo de Participación y recibida antes de dicho plazo se considerará recibida durante el Periodo de Participación. Las participaciones enviadas por correo que estén incompletas, sean ilegibles, reproducidas mecánicamente o que de otro modo no cumplan con estas Reglas Oficiales serán nulas. Las tarjetas pasarán a ser propiedad exclusiva del Patrocinador y no serán devueltas.
Periodos de Participaciones de Bonificación. El Patrocinador puede anunciar periodos limitados de bonificación durante los cuales las participaciones de la Opción 1, la Opción 2 o ambas se multiplicarán por un factor anunciado de hasta diez (10) veces (por ejemplo, 2X, 5X o 10X). Si más de un periodo de bonificación se aplica a la misma participación, solamente se aplicará el multiplicador más alto y los multiplicadores no se acumularán. El máximo de 10,000 participaciones permanece fijo durante cada periodo de bonificación. Un multiplicador de bonificación no se aplica a las participaciones por correo y cada tarjeta válida enviada por correo continúa valiendo dos mil (2,000) participaciones. Los periodos de bonificación y sus multiplicadores se anunciarán en el sitio web del Patrocinador antes de que comiencen.
Límites de Participación. Límite de diez mil (10,000) participaciones por Participante durante el Periodo de Participación, independientemente del método de participación o combinación de métodos. Las participaciones que excedan este máximo combinado son nulas y únicamente se ignorarán las participaciones excedentes. El hecho de exceder este máximo combinado por sí solo no descalificará a un Participante ni invalidará participaciones que de otro modo sean válidas. El fraude o los intentos deliberados de eludir los límites de participación continúan siendo motivo de descalificación conforme a la Sección 3. Las participaciones se registran por Participante. Las participaciones generadas mediante script, macro, bot u otros medios automatizados son nulas.
5. Probabilidades de Ganar. LAS PROBABILIDADES DE GANAR DEPENDEN DEL NÚMERO TOTAL DE PARTICIPACIONES ELEGIBLES RECIBIDAS DURANTE EL PERIODO DE PARTICIPACIÓN. Las probabilidades de ganar de cada Participante se determinan dividiendo el número de participaciones elegibles que posee dicho Participante entre el número total de participaciones elegibles recibidas durante el Periodo de Participación.
6. Premios. Habrá dos (2) ganadores. El primer ganador (el “Ganador del Gran Premio”) tendrá derecho a escoger uno (1) de los siguientes dos vehículos: (a) un Chevrolet Silverado 1500 modelo 2025, VIN 3GCNAAED4SG368586, con aproximadamente 14,529 millas (la “Silverado”); o (b) una GMC Sierra modelo 2024 Single Cab (la “GMC Sierra”). La Silverado tiene un Valor Minorista Aproximado (“ARV”) de $45,000. El vehículo elegido por el Ganador del Gran Premio (el “Vehículo Seleccionado”) se entrega “tal cual”, sin garantía de ningún tipo más allá de cualquier garantía del fabricante que pueda permanecer vigente y sea transferible. El millaje indicado para la Silverado es aproximado a la fecha de publicación de estas Reglas Oficiales y puede aumentar antes de la entrega debido a exhibiciones promocionales y transporte. El Ganador del Gran Premio es el único responsable de todas las tarifas de título, registro y licencia, todos los impuestos sobre ventas, uso y consumo de vehículos motorizados, seguro desde el momento de la entrega y todos los costos de operación del Vehículo Seleccionado. El Patrocinador organizará la entrega del Vehículo Seleccionado al Ganador del Gran Premio en un lugar mutuamente acordado dentro de los estados elegibles, y el título se transferirá al Ganador del Gran Premio al momento de la entrega. El segundo ganador (el “Ganador del Segundo Premio”) recibirá tres mil dólares ($3,000) en efectivo (el “Segundo Premio”).
Si el Vehículo Seleccionado es robado, dañado o de otro modo no está disponible antes de la entrega, el Patrocinador sustituirá otro premio de valor igual o superior al valor aplicable del Vehículo Seleccionado. Si se solicita, cada Ganador deberá proporcionar al Patrocinador una identificación válida y/o un número de Seguro Social válido como condición para la entrega de su premio. El Gran Premio no es transferible ni intercambiable por otro premio y no puede canjearse por efectivo. El Segundo Premio se otorgará en efectivo o mediante una forma de pago equivalente determinada por el Patrocinador. Los impuestos sobre la renta correspondientes a cada premio son responsabilidad exclusiva del Ganador correspondiente.
7. Selección y Notificación de Ganadores. Se seleccionarán dos (2) ganadores mediante un sorteo aleatorio realizado el 11 de noviembre de 2026, durante la tarde o noche, Hora Central, entre todas las participaciones elegibles recibidas durante el Periodo de Participación. El primer Participante elegible seleccionado será el Ganador del Gran Premio y tendrá derecho a escoger entre la Chevrolet Silverado 1500 modelo 2025 y la GMC Sierra modelo 2024 Single Cab descritas en la Sección 6. Después de seleccionar al Ganador del Gran Premio, se seleccionará un segundo Participante elegible distinto como Ganador del Segundo Premio de $3,000 en efectivo. Un Participante no podrá ganar más de un (1) premio. El sorteo será realizado por el Administrador utilizando un generador de números aleatorios auditado o un método similar de selección aleatoria.
Los ganadores serán notificados por correo electrónico, teléfono y/o mensaje de texto utilizando la información de contacto proporcionada al momento de participar, dentro de los siete (7) días hábiles posteriores al sorteo. Se podrá requerir a los ganadores que completen, firmen y devuelvan una Declaración Jurada de Elegibilidad, una Exención de Responsabilidad y, cuando sea legal, una Autorización de Publicidad, junto con un Formulario W-9 del IRS debidamente completado, dentro de los siete (7) días calendario posteriores a la notificación. No devolver oportunamente los documentos y/o la información solicitada, la devolución de cualquier premio o notificación del premio por no poder ser entregados, o si el Patrocinador determina que un Ganador no es elegible, dará lugar a la pérdida del premio correspondiente y se seleccionará y notificará a un ganador alternativo de la misma manera que en el sorteo aleatorio original entre las participaciones elegibles restantes. Si un posible ganador es descalificado, no responde a tiempo o no completa la documentación requerida, el Patrocinador realizará otro sorteo alternativo para el premio correspondiente. El Patrocinador continuará realizando sorteos alternativos hasta que un ganador elegible acepte y reclame oportunamente dicho premio. Todas las decisiones del Patrocinador son definitivas. NULO DONDE ESTÉ PROHIBIDO O RESTRINGIDO POR LEY.
8. Entrega de los Premios. El Patrocinador entregará o coordinará la entrega de cada premio dentro de un plazo razonable, normalmente dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción por parte del Patrocinador de los documentos de reclamación completos y firmados por el Ganador correspondiente.
9. Impuestos. La valoración de los premios indicada anteriormente se basa en información razonablemente disponible proporcionada al Patrocinador. El valor de cada premio otorgado a un Ganador se reportará para fines fiscales según lo requiera la ley. Cada Ganador es el único responsable de declarar y pagar todos los impuestos aplicables a su premio. Si un premio tiene un valor de $2,000 o más, el Ganador correspondiente recibirá un Formulario 1099-MISC del IRS al final del año calendario, y se presentará una copia de dicho formulario ante el IRS. Se requiere un Formulario W-9 del IRS debidamente completado como condición para recibir un premio.
10. Privacidad. La información enviada por el Participante estará sujeta a la Política de Privacidad del Patrocinador (“Política”). La información recopilada en relación con el Sorteo se utilizará para administrar el Sorteo de acuerdo con las leyes aplicables y las políticas internas del Patrocinador. Al participar en el Sorteo, el Participante reconoce que ha leído y aceptado la Política, y que consiente la recopilación, uso y divulgación de su información personal de acuerdo con la Política.
11. Descargo de Responsabilidad. El Vehículo Seleccionado se entrega “tal cual” y SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, expresa o implícita (incluyendo, sin limitación, cualquier garantía implícita de comerciabilidad o idoneidad para un propósito particular), y por la presente se rechazan todas dichas garantías.
12. Terminación Anticipada. El Patrocinador se reserva el derecho de cancelar, modificar o terminar el Sorteo si (i) fraude, conducta indebida o fallas técnicas destruyen o amenazan la integridad del Sorteo, a juicio del Patrocinador; (ii) un virus informático, error u otro problema técnico corrompe la administración, seguridad o desarrollo adecuado del Sorteo según determine el Patrocinador; o (iii) un caso fortuito u otra circunstancia razonablemente fuera del control del Patrocinador afecta negativamente la capacidad del Patrocinador para entregar los premios, por ejemplo, una pandemia, actos de terrorismo, actos de guerra, clima, interrupciones en la cadena de suministro, etc. En caso de terminación anticipada del Sorteo, el Patrocinador se reserva el derecho de determinar, pero no está obligado a determinar, uno o ambos ganadores mediante un sorteo aleatorio entre todas las participaciones elegibles y no sospechosas recibidas hasta la fecha/hora de dicha terminación.
13. Limitaciones de Responsabilidad, Exoneración y Fuerza Mayor. El Patrocinador, el Administrador, sus respectivas afiliadas y cualquier plataforma de terceros donde se promocione el Sorteo no serán responsables por (i) problemas técnicos o fallas técnicas que puedan afectar la operación del Sorteo, incluyendo, entre otros, cualquiera de los siguientes sucesos: (a) errores de hardware o software; (b) fallas de computadora, teléfono, cable, satélite, red, electrónica, conectividad inalámbrica o de Internet u otros problemas de comunicación en línea; (c) errores o limitaciones de cualquier proveedor de servicios de Internet, servidor, host o proveedor; (d) transmisiones de datos distorsionadas, mezcladas o defectuosas; falla de cualquier transmisión de correo electrónico en ser enviada o recibida; (ii) transmisiones perdidas, tardías, retrasadas o interceptadas; (iii) inaccesibilidad de cualquier sitio web, total o parcial, por cualquier motivo, o congestión de tráfico en Internet; (iv) intervención humana o no humana no autorizada en la operación del Sorteo, incluyendo, sin limitación, manipulación no autorizada, piratería informática, robo, virus, errores o gusanos; (v) destrucción de cualquier aspecto del Sorteo, o pérdida, conteo incorrecto, envío incorrecto, inaccesibilidad o indisponibilidad de una cuenta utilizada en relación con el Sorteo; (vi) cualquier error tipográfico en el anuncio de premios o en estas Reglas Oficiales, o cualquier dato inexacto o incorrecto contenido en cualquier sitio web; o (vii) cualquier lesión corporal, incluyendo, sin limitación, muerte, daño a la propiedad o pérdidas de cualquier tipo que pueda sufrir un Participante o cualquier otra persona que surjan de o se relacionen con la participación en el Sorteo o la aceptación, uso o uso indebido de cualquier premio.
El Patrocinador, el Administrador y cada plataforma de terceros en la que se ofrezca o ponga a disposición el Sorteo, así como las respectivas subsidiarias, afiliadas, sucesores y cesionarios de cada uno de los anteriores, y los respectivos funcionarios, directores, propietarios, accionistas, miembros, gerentes, socios, principales, empleados, abogados, aseguradores, agentes y representantes pasados y presentes de cada uno de los anteriores (individual y colectivamente, las “Partes Exoneradas”) no serán responsables de ninguna lesión, daño, pérdida, gasto, accidente, retraso, inconveniente u otra irregularidad que pueda ser causada o a la cual pueda contribuir (i) cualquier acto u omisión indebido, negligente o no autorizado del Participante o de cualquier tercero; o (ii) cualquier causa, condición o evento fuera del control de las Partes Exoneradas, incluyendo, sin limitación, cualquier caso fortuito, guerra, pandemia, epidemia, terrorismo, disturbio, agua, huracán o incendio.
AL PARTICIPAR EN EL SORTEO, EL PARTICIPANTE LIBERA, EXONERA Y MANTIENE INDEMNE DE MANERA IRREVOCABLE, TOTAL E INCONDICIONAL A CADA PARTE EXONERADA DE Y CONTRA CUALQUIER Y TODA RECLAMACIÓN, COSTO, PÉRDIDA, GASTO, HONORARIO DE ABOGADOS, DAÑO Y OTRA RESPONSABILIDAD QUE SURJA DE O SE RELACIONE CON LA PARTICIPACIÓN DEL PARTICIPANTE EN ESTE SORTEO Y EN ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL SORTEO (TALES COMO LA ACEPTACIÓN, POSESIÓN, USO, USO INDEBIDO O NO USO DE CUALQUIER PREMIO), INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, Y EN LA MÁXIMA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, DEMANDAS, RECLAMACIONES Y CAUSAS DE ACCIÓN POR NEGLIGENCIA, DAÑOS A LA PROPIEDAD, LESIONES CORPORALES (INCLUYENDO LA MUERTE), DAÑOS MATERIALES, PÉRDIDA DE NEGOCIO, PÉRDIDA DE CONSORCIO, DAÑOS CONSECUENTES, DAÑOS PUNITIVOS Y TODAS LAS DEMÁS FORMAS DE RECLAMACIONES, RESPONSABILIDADES Y DAÑOS.
El Participante reconoce que ha leído y comprende la Sección 1542 del Código Civil de California, que establece lo siguiente: “Una liberación general no se extiende a reclamaciones que el acreedor o la parte liberadora no conozca o sospeche que existen a su favor al momento de ejecutar la liberación y que, de haberlas conocido, habrían afectado materialmente su acuerdo con el deudor o la parte liberada”. El Participante, estando al tanto de la Sección 1542, renuncia consciente y voluntariamente a todo derecho y beneficio que tenga o pueda tener conforme a la Sección 1542, y conforme a cualquier estatuto, regla o principio de derecho consuetudinario comparable de cualquier otra jurisdicción, en la máxima medida en que dichos derechos y beneficios puedan renunciarse legalmente. El Participante entiende que esta renuncia significa que la liberación contenida en esta Sección 13 cubre reclamaciones que el Participante no conoce ni sospecha que existen al momento de participar, incluyendo reclamaciones que habrían afectado la decisión del Participante de participar en el Sorteo de haber sido conocidas, y el Participante acepta el riesgo de que los hechos resulten ser diferentes de lo que actualmente cree. El Participante pretende que esta renuncia sea un término negociado de participación y no una mera declaración.
14. Arbitraje; Resolución de Disputas. Todas las disputas que surjan de o se relacionen con estas Reglas Oficiales se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes del Estado de Texas y de los Estados Unidos de América, sin consideración a principios de conflicto de leyes. Todas las disputas que surjan de o se relacionen con estas Reglas Oficiales serán sometidas y resueltas mediante arbitraje vinculante, y cualquier laudo podrá ser confirmado en los tribunales identificados a continuación. El Participante además acepta y consiente irrevocablemente la jurisdicción y competencia exclusivas de los tribunales estatales ubicados en el Condado de El Paso, Texas, y de los tribunales federales que sirven a dicho condado, para efectos de obligar al arbitraje, hacer cumplir esta disposición de arbitraje y revisar, confirmar, anular o dictar sentencia sobre cualquier laudo arbitral, y el Participante renuncia irrevocablemente a cualquier objeción basada en jurisdicción personal, competencia territorial o foro inconveniente en la máxima medida permitida por la ley. Todo arbitraje será administrado por la American Arbitration Association conforme a sus Consumer Arbitration Rules, incluidas sus disposiciones sobre lugar de la audiencia y tarifas. Toda decisión o laudo resultante de dicho procedimiento arbitral será por escrito y proporcionará una explicación de todas las determinaciones de hecho y conclusiones de derecho. Los procedimientos, escritos, órdenes y el laudo arbitral se mantendrán confidenciales en la máxima medida permitida por la ley. Se permite la divulgación cuando sea requerida por la ley, para hacer valer derechos o para obtener asesoría profesional. La Federal Arbitration Act rige la interpretación y aplicación de esta disposición de arbitraje. Antes de que cualquiera de las partes inicie un arbitraje, dicha parte deberá enviar una notificación escrita de la disputa describiendo la reclamación y la reparación solicitada. Las partes deberán permitir al menos 30 días para intentar una resolución informal. Cualquiera de las partes puede presentar una acción individual en un tribunal de reclamos menores del Condado de El Paso, Texas, o del condado donde resida el Participante, si la reclamación reúne los requisitos. Si alguna parte de esta disposición de arbitraje se considera inaplicable, dicha parte será separada. El resto se hará cumplir en la máxima medida permitida por la ley.
15. Renuncia a Juicio por Jurado; Sin Acciones Colectivas. EL ARBITRAJE DEBE REALIZARSE DE MANERA INDIVIDUAL. USTED NO PUEDE UNIR NI CONSOLIDAR RECLAMACIONES O PARTES EN ARBITRAJE, NI LITIGAR EN TRIBUNAL O ARBITRAR NINGUNA RECLAMACIÓN COMO REPRESENTANTE O MIEMBRO DE UNA CLASE O EN CALIDAD DE FISCAL GENERAL PRIVADO, Y POR LA PRESENTE RENUNCIA IRREVOCABLEMENTE A CUALQUIER DERECHO QUE PUEDA TENER PARA PRESENTAR DICHA RECLAMACIÓN O PARTICIPAR EN CUALQUIER PROCEDIMIENTO EN DICHA CAPACIDAD. ADEMÁS, POR LA PRESENTE RENUNCIA IRREVOCABLEMENTE A SU DERECHO A UN JUICIO POR JURADO.
16. Plataformas de Terceros. Este Sorteo no está patrocinado, respaldado, administrado por ni asociado con Meta (Facebook/Instagram), Apple, Google, YouTube, X, TikTok ni ninguna otra plataforma de terceros. Cualquier pregunta, comentario o queja relacionada con el Sorteo debe dirigirse al Patrocinador y no a ninguna plataforma de terceros.
17. Lista de Ganadores/Reglas Oficiales. Para obtener una copia de las Reglas Oficiales y de la lista de Ganadores, envíe una solicitud por correo electrónico a info@LoneStarWinners.com o envíe un sobre con su dirección y franqueo pagado al Patrocinador a la dirección indicada anteriormente. Los residentes de Washington y Vermont no están obligados a proporcionar un sobre con su dirección y franqueo pagado para el envío de respuesta. Todas dichas solicitudes deben recibirse dentro de las seis (6) semanas posteriores al anuncio de los Ganadores correspondientes.
18. Idioma. Si estas Reglas Oficiales se traducen al español o a cualquier otro idioma, la versión en inglés prevalecerá en caso de conflicto con una traducción.